La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informó que en enero del presente año las inscripciones de testamentos en el Registro de Personas Naturales sumaron un total de 622, un 10.08% más que las 565 anotaciones que se realizaron en enero del año pasado.
Estas cifras evidencian el creciente interés que han tomado los peruanos por planificar la distribución de sus bienes y hacer valer su última voluntad, evitando con ello futuros conflictos familiares entre los herederos.
Además, en enero 2018, los testamentos inscritos en el citado Registro crecieron en diez departamentos respecto de enero 2017. Estos son Arequipa, Ayacucho, Cusco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Moquegua, San Martín y Ucayali.
Vale señalar que las 622 inscripciones realizadas en enero del presente año se distribuyeron de la siguiente manera: Lima 403 testamentos. Le siguen Arequipa (71), Cusco (32), La Libertad (18), Ica (13), Ayacucho (12), Lambayeque (12), Junín (11), Huánuco (9), Áncash (8), Piura (8) y Cajamarca (7).
La lista la completan los departamentos de San Martín (4), Moquegua (3), Puno (3), Amazonas (2), Loreto (2), Apurímac (1), Pasco (1), Tumbes (1) y Ucayali (1),
La importancia del testamento radica en que expresa la última voluntad del propietario de un bien mueble y/o inmueble, quien decidirá cómo ordenar y distribuir su patrimonio. La voluntad testamentaria, puede ser otorgada mediante testamento cerrado, testamento por escritura pública, testamento ológrafo o por testamentos especiales como el marítimo o el militar, los cuales se tienen que inscribir en los Registros Públicos con la finalidad de otorgarle legitimidad.
De todos, el más recomendable es el testamento por escritura pública. Para ello, el otorgante debe ir acompañado de dos testigos (que no pueden ser familiares o beneficiarios del acervo) a la notaria de su preferencia a fin de expresar su última voluntad.
En caso de tratarse de adultos mayores, es recomendable llevar un certificado médico de salud mental, pues aunque el notario público da fe de la capacidad del testador, este documento adquiere importancia en caso se presentara una impugnación.
En cuanto a los documentos que acrediten la propiedad de lo que se heredará, se recomienda presentar copia de la partida registral de todos estos.
Los requisitos
Los requisitos para inscribir un testamento son los siguientes:
Si se trata de un otorgamiento de testamento por escritura pública, se deberá de presentar ante la Sunarp el parte notarial que contenga la fecha del otorgamiento del testamento, datos del testador, fojas del registro notarial donde corre extendido el nombre del notario y testigos con la constancia de su suscripción.
La solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
El pago de la tasa registral: S/.20.00 soles.
Plazo de calificación: 48 horas, sin contar sábados, domingos ni feriados.